Requisitos
- No aplica: es información general sobre la entidad
Paso a paso
- Si vas a emprender: constituye tu compañía (por ejemplo, una SAS) en línea ante la Supercias.
- Si ya tienes empresa: presenta cada año tu información financiera y mantén tus certificados al día.
- Si quieres verificar a una empresa o socio: consulta la información societaria pública.
- Si operas en valores o seguros: estás bajo la supervisión especializada de la SCVS.
Errores frecuentes que retrasan el trámite
- Confundir a la Supercias con el SRI: la Supercias controla la sociedad (lo societario); el SRI, lo tributario. Una empresa responde ante ambos.
- Creer que solo regula a las grandes empresas: también controla a las SAS y compañías pequeñas.
- Pensar que la información de las compañías es reservada: buena parte es pública y consultable.
Preguntas frecuentes
¿En qué se diferencia del SRI?
La Supercias controla la existencia y el funcionamiento de la sociedad (constitución, accionistas, estados financieros, disolución); el SRI controla el pago de impuestos. Una empresa cumple con las dos.
¿Qué tipos de empresa controla?
Las sociedades mercantiles: anónimas, de responsabilidad limitada, SAS, entre otras, además del mercado de valores y las aseguradoras.
¿Puedo ver los datos de una empresa?
Sí. Puedes consultar información societaria pública en el portal de la Supercias, y en este mismo sitio con nuestra consulta de empresas.
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